Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DELA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentó el ciudadano EGDO NEGRON GONZALEZ, antes identificado contra los ciudadanos JUAN ARMANDO SOTO VALBUENA, ADA LIDA SOCORRO VALBUENA y MARIA INES SOTO VALBUENA antes identificados.
PRIMERO.- Se ordena a la parte demandada a cumplir con su obligación en el sentido de que se proceda al Registro del documento definitivo, por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito del Registro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.-
SEGUNDO.- Sin Lugar la condenatoria al pago de la cláusula penal por retardo, prevista en al cláusula sexta del documento.
TERCERO.- No hay condenatoria en costas por no haber resultado ninguna de las partes totalmente vencida.....