DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Prescripción alegada por la demandada Sociedad Mercantil CONSTRUCTORES VENEZOLANOS, C.A., (CONVECA), en lo que respecta a las prestaciones sociales reclamadas por el demandante ciudadano JESUS BARRIOS RAMIREZ.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JESUS BARRIOS RAMIREZ en contra de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORES VENEZOLANOS, C.A., (CONVECA), por cobro de prestaciones sociales, accidente de trabajo y otros conceptos laborales.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE Y REGÍS.....