este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación intentado por el ciudadano MARCOS ANTONIO GARCIA ADRIANZA titular de la cedula de identidad No.5.167.787, actuando con el carácter de parte demandada, asistido por el abogado en ejercicio JOSE JESÚS HERNANDEZ, hoy en día apoderado judicial, en contra de la decisión dictada en fecha 27 de abril de 2009, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, 2) SE CONFIRMA LA DECISIÓN APELADA, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia de fecha 27 de abril de 2009, 3) SE DECLARA la admisión de los hechos, en consecuencia, la confesión ficta de la parte demandada...