En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la transacción celebrada entre el ciudadano GEORGES BACHOUR LAY, debidamente asistido en este acto por el abogado JESUS FARIAS TINEO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.16.083; y el ciudadano YAMILO BACHOUR ISRRAIL, parte demandante, debidamente asistido en este acto por los abogados FRANCISCO NATERA CASTILLO y VANESSA ARRIOJA LOPEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.74.067 y 106.710, respectivamente, en el presente procedimiento, que por motivo de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), en razón a que existen en los firmantes facultades inequívocas que satisfacen los extremos legalmente exigidos para tales efectos. No hay imposición al pago de las costas, de conformid.....