PRIMERO: INADMISIBLE la inhibición planteada en fecha 1° de abril de 2022 por el ciudadano FRANK GUANIPA SUAREZ, en su condición de Juez Temporal del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: Se ordena distribuir este expediente entre todos los Juzgados Superiores del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, con exclusión del Juzgado Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, regentado actualmente por el Juez Temporal FRANK GUANIPA SUAREZ.