PRIMERO: Se declara con lugar el procedimiento por admisión de los hechos y CONDENA A ISAIAS GUILLERMO LUGO LEAL, venezolano, mayor de edad, natural de Maracaibo Estado Zulia, de profesión u oficio obrero en refrigeración, soltero, titular de la cédula de identidad v-20.277.504 hijo de Isaac Lugo y Jesenia Leal, residenciado en el Barrio la Misión calle 101B casa no recuerda Maracaibo Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DEL DELITO DE ROBO AGRAVADO COMETIDO POR PERSONAS MANIFIESTAMENTE ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal ROBO AGRAVADO COMETIDO POR PERSONAS MANIFIESTAMENTE ARMADAS previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal , USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley orgánica para la protección del niño, niña y adolescente y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 9 de la ley orgánica contra la delincuencia or.....