PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento definitivo interpuesta por los abogados OSCAR CASTILLO en su carácter de Fiscal Titular, conjuntamente con los abogados FREDDY ALFONSO OCHOA PERALTA, los abogada DIGLENYS YUDITH MARRUFO DE RINCON, ROSELIANA CALDERON ZERPA en su carácter de Fiscales Auxiliares, representantes de la Fiscalía Trigésima Primera Especializada del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, por cuanto los hechos atribuidos a la imputada de autos, resultan ser ATIPICOS y por tanto falta una condición necesaria para imponer la sanción, ello de conformidad con el artículo 300, Numeral 2º Primer supuesto del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el 561, literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Se decreta el SOBRESEIMEINTO DEFINITIVO en la presente causa, a favor de la adolescente (SE OMITE EL NOMBRE E IDENTIDAD DEL ADOLESCENTE), por la presunta comisión del de.....