JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara en lo siguientes términos:
PRIMERO: SU INCOMPETENCIA para conocer del presente recurso contencioso administrativo de nulidad, incoado por el abogado Jorge Ferrero Albert, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil SUPLIDORA CONTINENTAL COMPAÑÍA ANÓNIMA (SUPLICONCA) contra la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), hoy CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX).
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA en las Cortes de lo Contencioso Administrativo, con sede en Caracas.
TERCERO: SE ORDENA REMITIR el presente expediente, una vez vencido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, con sede en Caracas.
CUART.....