Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL DUODECIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio basada en el Artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos JUAN CARLOS PACHECO ACOSTA Y ANA MARIA QUINTERO SEMPRUM venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.627.262 y V-7.977.970 respectivamente, y en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial, según se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio No. 228, de fecha 27 de septiembre del 1985, expedida por la Parroquia Santa Lucia del Municipio MAracaibo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, y así mismo se ordena librar los oficios correspondiente al Registro Principal y a la Jefatura Civil de la P.....