Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos JOHANA CAROLINA VILCHEZ OJEDA y WILINTHON JOSE VERGARA HERNANDEZ, en fecha ocho (08) de noviembre del año Dos Mil Cuatro (2.004), por ante el Registrador Civil de la Parroquia Domitila Flores del Municipio Maracaibo del estado Zulia.