JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, cuatro (04) de mayo de 2011. Años 200º y 152º.- Recibido de la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos, constante de dos (02) folios útiles y en treinta (30) folios sus anexos. Fórmese expediente y numérese. Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que los ciudadanos VICTOR JOSE GIL GONZALEZ y LEONEL JOSE GIL ROO, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad números 16.712.522 y 20.380.010 respectivamente, domiciliado el primero en el Estado Monagas y el segundo en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente representados por el abogado en ejercicio ANDRES ALBERTO VIRLA VILLALOBOS, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 16.352.098, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 124......