Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano MIGUEL ANTONIO PEREZ , de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad No. 8.871.855, residenciado en la Urbanización Ruiz Pineda, bloque 22, letra B Piso 2, apartamento B-11, Caricuao, Distrito Capital, por la presunta comisión del delito de HOMICIDO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de DANILO ANTONIO ATENCIO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 9.397.360, con domicilio en el sector La Blanca, casa s/n, El Vigía Estado Mérida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto la direc.....