En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal del Municipio Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la demanda de desalojo del inmueble suficientemente identificado en la narrativa de esta sentencia, intentada por la ciudadana MARBELLY PEREZ, venezolana, mayor de edad, soltera, Comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-10.681.327, domiciliado en Jurisdicción del Municipio del Estado Zulia, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio YASMIR COLINA OCHOA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad No. 10.685.344 e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 59.173, domiciliada en Jurisdicción del Municipio Colón del Estado Zulia; en contra de la ciudadana ZULEIMA DE PEDREAÑEZ, venezolana, mayor de edad, casada, ama de casa, titular de la cédula de identidad N° V-10.685.136 y de igual domicilio, teniéndose por aceptados los.....