PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos presentado en fecha 17.02.2025 por el profesional del derecho Ender José Alaña Amado, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el No. 98.021, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano Alfredo Alejandro Morales Pérez, titular de la cédula de identidad No. V.-27.691.026.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión No. 5C-0314-2025 dictada en fecha 10.02.2025 por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, toda vez que la misma se dictó conforme a derecho y en modo alguno causa un gravamen irreparable o vulnera los derechos y garantías constitucionales que asisten a las partes intervinientes en el presente proceso penal.