Por los fundamentos expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de sentencia interpuesto por los profesionales del derecho HUMBERTO JOSE SARABIA y JEAN CARLOS TORRES LINDARTE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 212.712 y 127.778, actuando en este acto como defensores de los ciudadanos LUIS JOSE RAMIREZ FLORES, titular de la cédula de identidad Nº V-27.538.728 y ANTONIO JOSE CHAVEZ DAVILA, titular de la cédula de identidad Nº V-18.636.767; contra la sentencia N° 002-2024, emitida en fecha 29 de Enero de 2024, por el Juzgado Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara.
SEGUNDO: ADMITE las pruebas promovidas por los profesionales del derecho HUMBERTO JOSE SARABIA y JEAN CARLOS TORRES LINDARTE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 212......