PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por el profesional del derecho JAVIER RAMÍREZ GÓMEZ, actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano NERIO ENRIQUE ROMERO DÍAZ, dirigido a impugnar la decisión N° 001-22 dictada en fecha veintiséis (26) de enero de 2022, por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se declaró sin lugar la solicitud de decaimiento de la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el acusado de autos.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión impugnada.
TERCERO: Se ORDENA notificar a las partes sobre lo decidido por esta Sala.