Por los fundamentos precedentemente expresados, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en la ciudad de Cabimas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la ley, declara:
• SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Profesional del Derecho MARY LUZ PIÑERO CARRIZO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra de la decisión de fecha 25 de Enero de 2016, dictada por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Zulia; y en consecuencia;
• Queda de esta manera Confirmada la decisión recurrida, aunque por distintas razones.
No se hace especial condenatoria en costas procesales, en virtud de lo decidido.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento .....