Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la demanda de divorcio incoada por el ciudadano RAFAEL RAMÓN QUINTERO GODOY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.833.431 en contra de la ciudadana MARÍA YMELDA MALDONADO MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.021.275, de conformidad con la causal segunda del articulo 185 del Código Civil, y, en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha doce (12) de mayo del año 1.976 por ante el Jefe Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo estado Zulia.
Se ordena oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo y al Registro Principal, ambos del estado Zulia, a fin de informarle sobre la pre.....