declara:
a) CON LUGAR la demanda de REVISION DE SENTENCIA POR AUMENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por la ciudadana NEIRA TAMARA NAVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.800.036, en contra del ciudadano JUAN RAMON MEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.765.635, en beneficio de MARTIN ALEJANDRO MEZA NAVA, de dieciocho (18) años de edad. Ahora bien para modificar el monto de la pensión de manutención establecida por la Juez Unipersonal Nº 2 del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Zulia, mediante sentencia de fecha 21-06-2010; este Juez Unipersonal Nº 1, atendiendo a las necesidades especiales de MARTIN ALEJANDRO MEZA NAVA, a las cargas familiares y gastos del demandado y a la capacidad económica de las partes, fija como pensión alimentaria mensual la cantidad equivalente al SESENTA Y CINCO POR CIENTO (65%) del salario mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobie.....