Por los razonamientos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara:
1. ADMITE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado en ejercicio JAIRO CAMPOS ÁLVAREZ, plenamente identificados en actas, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano HILARIO RAMÓN ALMARZA NAVA, identificado en actas; contra la sentencia definitiva dictada en fecha 08 de octubre de 2012 por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, por lo que se ordena proceder conforme a lo expuesto en la parte expositiva del fallo para celebrar la audiencia oral y pública a que se contrae la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constituci.....