este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA INCOMPETENCIA de este Tribunal para conocer de la ACCIÓN MERODECLARATIVA, intentada por la ciudadana Aura Estela Cubillán Hernández, y por la sociedad mercantil Construcciones, Mantenimientos e Inspecciones de Obras del Zulia, C.A. (COMANINCA), contra el ciudadano Antonio Urley Álvarez Uribe, a quien luego de su fallecimiento acreditado de manera fehaciente en actas, se entiende representado por sus causahabientes, ciudadanos Ingrid Josefina Álvarez Martínez, Lorena Teresa Álvarez Villalobos, Urley Enrique Álvarez González, Ingrid Lorena Álvarez González, Same Álvarez Heredia, Carlos Antonio Álvarez Heredia, Serpico Antonini Álvarez Acosta e Isabel Virginia Villalobos, y por la niña Kenia del Carmen Álvarez Acosta, todos antes identificados.