PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por los ciudadanos JOSE GREGORIO HERNANDEZ PIRELA y RAMON ANTONIO CARRASQUERO, contra la Sociedad Mercantil FOTO CENTER, C.A.
SEGUNDO: Se declara procedente el pago por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales a los ciudadanos JOSE GREGORIO HERNANDEZ PIRELA y RAMON ANTONIO CARRASQUERO, por la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 97/100 BOLÍVARES (Bs. 59.564,97), monto arrojado por el recalculo efectuado y revisado por esta sentenciadora, mas (+) lo que arroje el cálculo de la experticia complementaria (infra).
TERCERO: De conformidad con lo previsto en el artículo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la jurisprudencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, se ordena el pago de los intereses de mora sobre la cantidad de CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 97/100 BOLÍVARES (Bs. 59......