En este estado, este JUZGADO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Formalmente Embargado preventivamente las cantidades existentes en la cuenta corriente N° 2126049563, que se encuentra depositada en la entidad bancaria Banco Occidental de Descuento B.O.D, cuyo titular de dicha cuenta es la SOCIEDAD CIVIL UNION DE TAXI TURISMO LAGO MALL (TAXI LAGO MALL), plenamente identificado, hasta cubrir la cantidad de SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 64.932,40), cantidad esta debidamente especificada en el contenido del presente despacho de exhorto en caso de que la medida recayese sobre cantidades de dinero, y en consecuencia, se declara consumada la Desposesión Jurídica de la.....