Resuelve:
a. Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: EDWARD EDDER ZARRAGA GODOY Y ZULAY PIERINA PRIETO VALBUENA.
b. En cuanto a la Patria Potestad las niñas EYZULIN DE LOS ANGELES Y ZULIELY DEL VALLE ZARRAGA PRIETO misma será compartida por ambos Padres; la responsabilidad de crianza de las niñas de auto será ejercida por ambos progenitores y la custodia la ejercerá la progenitora; en cuanto a convivencia familiar se acoge lo acordado entre las partes y sobre la Pensión de Manutención, el progenitor se compromete a suministrarle a sus hijas la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTE (BF.200,00) mensuales y los gastos tales como: educación, útiles escolares, gastos médico, medicinas, vestidos y épocas navideñas serán sufragados por ambos padres.
c. El Tribunal acoge lo acordado por las partes en lo que respecta a la liquidación de la comunidad conyugal.
d. Se ordena expedir las copias certificadas solicitada.....