PRIMERO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación ejercido por la abogada en ejercicio Marianela Canga García, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana FRANCISCA AGUSTINA BRICEÑO ATENCIO, contra la sentencia No. 171 dictada en fecha trece (13) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con relación al RECURSO DE INVALIDACIÓN, incoado por la prenombrada, contra los ciudadanos FLOR CHIQUINQUIRÁ GONZÁLEZ BRICEÑO, IVÁN ANTONIO GONZÁLEZ BRICEÑO y RAMÓN TRINIDAD GONZÁLEZ BRICEÑO, en su condición de integrantes de la sucesión del finado, ciudadano IVÁN JESÚS GONZÁLEZ ATENCIO (†),mismo al que se adhiriese la ciudadana FLOR CHIQUINQUIRÁ GONZÁLEZ BRICEÑO, mediante escrito de fecha seis (06) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024).
SEGUNDO: Se ORDENA la remisión del presente expediente a su Tribunal de origen, esto es, al Juzgado Segundo de Pri.....