Así mismo la demandante manifiesta que con el presente acuerdo, no tiene nada más que reclamar a la Entidad de Trabajo; ASOCIACIÓN CIVIL, "UNIDAD EDUCATIVA DE FORMACIÓN INTEGRAL LUISA CACERES DE ARISMENDI", ASOCIACIÓN SIN FINES DE LUCRO, por concepto de beneficios o indemnizaciones derivadas de la relación de trabajo, que mantuvo con la accionada, y que la mediación que aquí se realiza es, por concesiones que realizan ambas partes. Las partes solicitaron en este acto se expidan copias certificadas de la presente acta a los efectos correspondientes, siendo acordado de conformidad. En vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se ordenará el archivo del archivo del expediente en la oportunidad legal correspondiente. Así mismo las .....