-IV-
DECISIÓN
En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: Que es COMPETENTE POR LA MATERIA para conocer la presente solicitud de Medida Cautelar Innominada Especial de Protección interpuesta por el ciudadano Jovito José Villarroel Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.393545, debidamente asistido por la Abogada Gretty Atella Bravo, titular de la cédula de identidad Nº V-6.122.659, inscrita en Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 30.545, sobre el lote de terreno con vocación de uso agrícola, denominado "Paso Real", ubicado en el Sector El Águila, Asentamiento Campesino S/N, Municipio Tubores del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, de conformidad con lo previsto en artículos 152 y 196 de la Ley de.....