este Tribunal Cuarto Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EMBARGA PREVENTIVAMENTE LA CANTIDAD DE VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON CUARENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 24.750.41), que se encuentran depositados en la cuenta No. 01750158510061620468, del Banco Bicentenario, a favor de la ciudadana demandada Yuglenis Ocando Parra. Así se Decide.- Cúmplase con los procedimientos legales a los fines del deposito en la cuenta que se aperture al efecto. En este estado la parte actora expone: "En virtud de que la cantidad sobre la cual recayó la medida, no cubre totalmente el monto decretado, me reservo el derecho de seguir señalando otros bienes o cantidades de dinero propiedad de la demandada, de igual manera solicito al tribunal ejecutor remita las pres.....