Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación de auto presentado por el ciudadano FREDDY GIRALDO MORENO, titular de la cédula de identidad No. V. 24.264.227, con el carácter de víctima, actuando en representación propia, refiriendo ser abogado de la republica, contra la decisión N° 1208.15 de fecha 13 de agosto de 2015, emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estadio Zulia, extensión Villa del Rosario, mediante la cual se decretó el sobreseimiento de la causa seguida a los ciudadanos JAVIER AGUILAR Y ESTEBAN FINOL, por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO O ALTERADO, previsto y sancionado en el artículo 322 en concordancia con el artículo 319, ambos del Código Penal V.....