declara:
1. COMPETENTE al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para conocer y decidir la materia sometida a decisión.
2. SIN LUGAR defensa de prescripción de la acción alegada por la parte demandada.
3. PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Cobro de prestaciones sociales, otros conceptos laborales y daño moral intentada por los ciudadanos Besania María Méndez de Stinson, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad No. V- 13.000.570, en nombre propio y en representación de su hijo, el adolescente (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), de dieciséis (16) años de edad, y el ciudadano Belbis Brayan Stinson Méndez, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V- 23.856.268; en contra de la sociedad mercantil MI C FLUIDS DE VENEZUELA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (ahora Distrito Capital) y estado Miranda, en fecha 13 de noviembre de 1987, bajo el No. 16, to.....