Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
- CON LUGAR la demanda de Alimentos seguido por MILIBETH MARTINA MENDEZ DE LEAL en contra de EDINSON VIRGILIO LEAL CASTILLO, ya identificados en la parte narrativa de este fallo.
- Se fija como pensión alimenticia para la ciudadana MILIBETH MARTINA MENDEZ DE LEAL el QUINCE (15%) del sueldo o salario mensual que devenga el demandado EDINSON VIRGILIO LEAL CASTILLO como trabajador al servicio de la Empresa P.D.V.S.A. la cual se estipula mientras dure el juicio en forma provisional, a fin de garantizar la obligación alimentaría que tiene el demandado para con su cónyuge; entregándose dicho concepto a la demandante, mensual y personalmente por la referida empresa.-
Igualmente, se fija como pensión.....