Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana NANCY DEL VALLE CARRION LAREZ, venezolana, mayor de edad, y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-6.512.449, asistida por la abogada Ciria Matilde Agreda Moya, inscrita en el Inpreabogado con el Nº: 30.423 en contra del ciudadano EVELIO JOSE LA ROSA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº: V-8.177.546, con fundamento en la causal segunda establecida en el artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Francisco Fajardo, del Estado Nueva Esparta, cuya acta está inserta.....