PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales interpuesto por el ciudadano: JOSE FRANCISCO ALVARADO GIL en contra de la UNIDAD EDUCATIVA ISBELIA DE ROJAS suficientemente identificado en las actas. Ordenándose cancelar la: SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (BF 7.561,32) que es la cantidad que se ordena cancelar a la parte demandante por parte de la UNIDAD EDUCATIVA ISBELIA DE ROJAS.
SEGUNDO: Se ordena indexar la suma condenada a cancelar por el Tribunal correspondiente al ciudadano JOSE FRANCISCO ALVARADO GIL por la cantidad de: TRES MIL QUINIENTOS VEINTIUN BOLIVARES.....