Se deja constancia de que los ciudadanos GRACIELA MAGALLANES, CARLOS BRITO, CARLOS MEDINA Y JOSE MANUEL BETANCOURT, parte demandante, no comparecieron a esta audiencia, ni por si, ni por Apoderado alguno. Este tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara desistido el procedimiento y terminado el proceso. En este acto este Juzgado Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo, en virtud de lo antes expuesto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.