Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
1. CON LUGAR, la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio, ARMANDO MACHADO RUBIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 89.875 con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadana LUCINDA ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.117.305 y domiciliada en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 29 de Octubre de 2007, que declaró DESECHADA, la demanda que por Desalojo ha intentado la ciudadana LUCINDA ROMERO, en contra de la ciudadana GUILLERMINA BORJAS DE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular .....