DISPOSITIVA.
Por los razonamientos anteriormente expuestas, es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al Penado LUIS ASENCIÓN CARRION MARQUEZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.215.917, de 35 años de edad, nacido en fecha 15/07/2005, Pescador, natural de Irapa, Estado Sucre, hijo de LILIAN MARQUEZ DE GARRION (F) y ASUNCIÓN GARRION (v), domiciliado en la calle Colon, casa S/N, Irapa, Estado Monagas, actualmente recluido en el Centro de Tratamiento "Francisco de Miranda", de esta ciudad, por un tiempo de UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES y DIECINUEVE (19) DIAS, contados a partir de la notificación de la presente decisión al penado, tiempo este que le falta por cumplir de pena al referido ciudadano. En consec.....