Por los fundamentos antes expuestos, Este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a solicitud del representante del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal Notifíquese, Regístrese y Archívese la presente decisión.
La Juez de Control,
Abg. Glenda Morán Rangel.-
La Secretaria,
Abg. Lixaida María Fernández.-
En la misma fecha, se registró esta decisión bajo el Nro. 0326 y se ofició bajo el numero 01582.-
La Secretaria,
Abg. Lixaida María Fernández.-
C01-0764-2005.