PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con el criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en su sentencia N° 446, dictada en el expediente N° 14.0094 del Magistrado ponente Arcadio Delgado Rosales, de fecha 15.05.2014, presentada por el ciudadano ADNAN MAAROUF, contra la ciudadana NAWAL ZCHBOUR, ya identificados.
SEGUNDO: DISUELTO, el vinculo matrimonial que los unía, según consta de la copia certificada emanada del Registro Principal del Distrito Capital de la inserción de la Partida de Matrimonio N° 217, celebrado en la República Árabe Siria, Ministerio del Interior. Dirección Nacional de Identificación. Secretaria de Registro Civil de Tartus, en fecha 01.09.1975, quedando asentada en los libros de matrimonio civil llevado por la Oficina Principal de Registro Público del Distrito Capital, bajo el Nº 142, folio 63 y vuelto, Tomo Primero, Protocolo Único y Principal, de los ciudadanos ADNAN.....