En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara formalmente embargados preventivamente los bienes muebles anteriormente señalados, descritos y avaluados y hasta por la cantidad de MIL SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. F. 1.600,oo), y hace entrega de los mismos al Depositario Judicial Provisional a los efectos de su guarda y custodia. En este estado presente la demandante, ya identificada, con la asistencia dicha, expuso: "Me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la demandada, hasta cubrir el monto de la medida decretada. Es todo". El Tribunal, vista la anterior exposición, provee de conformidad con lo solicitado y en caso de que la demandante lo solicitare, en auto por separado se fijará nueva oportunidad para la ejecución de la med.....