Por los Fundamentos expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCAR POR INCUMPLIMIENTO la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad dictada al acusado EDWIN AÑEZ ROMERO, de conformidad con lo establecido en el articulo 262 en su ordinal 2° y 3º del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se ORDENA SU INMEDIATA APREHENSION, en virtud de los extremos exigidos en los Artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, estipulándose así Revocatoria por Incumplimiento por el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR cometido en perjuicio de WILMER ANTONIO GALBAN.
Regístrese la presente decisión en el libro respectivo; líbrese las ordenes respectivas.-