Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1.- IMPROCEDENTE la defensa de fondo de Prescripción alegada por la parte demandada en la contestación de la demanda, la cual no fue resuelta por el aqu
--o;
2.- SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado FABIO PRIETO apoderado de la parte demandada en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia que declaró con lugar la demanda que por Reivindicación intentaran los ciudadanos SERAFINA FANCELLO VIUDA DE ZANZA, OVIDIO ZANZA FANCELLO y CRISTINA ANTONIETTA ZANZA FANCELLO en contra de los ciudadanos en contra de los ciudadanos RICARDO SALOM y LEONCIO RAMIREZ, ya identificados.
3.- SE CONFIRMA la decis.....