Considera esta juzgadora, en vista de lo antes señalado la consecuencia inmediata que genera la actuación ineficaz u omisiva que fue desplegada por el defensor judicial en perjuicio de su defendido durante el desarrollo del proceso se circunscribe a la declaratoria de nulidad de todo lo actuado y la consecuente reposición de la causa al estado de que se proceda al nombramiento de un nuevo defensor de oficio con miras a que defienda los intereses de la parte accionada ciudadanos ELENA CHALAGUINE JACOVLEVA y ALEXANDRE CHALAGUINE POKINKO; razón por la cual en propósito de dar cabal cumplimiento al artículo 15 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal visto que mediante auto de fecha 29.07.2025 declaro nula la designación del abogado JOSE DANIEL ACOSTA AMARISTA como defensor judicial de la parte demandada ciudadanos ELENA CHALAGUINE JACOVLEVA y ALEXANDRE CHALAGUINE POKINKO, y por ende todas las actuaciones subsiguientes, designa al abogado NEIRO MAQUEZ MORA, abogado en ejercicio, in.....