III. DISPOSITIVO
En mérito del razonamiento que precede, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa en los términos previamente expresados, el acuerdo de PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL presentada por los ciudadanos LEON GARCIA SANCHEZ Y CAROLA CHIQUINQUIRÁ BUENO DE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, con cédulas de identidad Nos. V- 7.812.583 y V- 10.428.486, con números telefónicos: 0412-250-6934 y 0412-220-6934 y correos electrónicos: lgarcia.gb@gmail.com y cbueno.gb@gmail.com, domiciliados en Maracaibo, Estado Zulia.
Publíquese, regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, y déjese copia certificada por secretaría para el archivo del Tribunal.
Dada, sellada y firmad.....