SE ORDENA MANTENER la sanción de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, contenidas en el artículo 624, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decretadas al joven IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, de Veinte y un (21) años, nacido en fecha 16-07-1985, natural de Cabimas, estado Zulia, hijo de los ciudadanos Pablo Jesús Méndez y Judith Jiménez de Méndez, titular de la Cédula de Identidad (SE OMITE), y domiciliado en (SE OMITE) Jurisdicción del Municipio Cabimas, estado Zulia, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Sección Adolescentes, Extensión Cabimas.