En virtud de los fundamentos expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de Libertad Inmediata, interpuesta por el Abogado JAIME RAVINOVICH, quien obra con el carácter de defensor privado del acusado WILSON JOSÉ FIERRO, manteniendo la vigencia de la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD que decretara el Juzgado competente de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia en la oportunidad legal correspondiente, en contra de los acusados de autos, procediendo conforme a lo previsto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Publíquese, Regístrese y Archívese en copia certificada la presente Decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio.....