Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO. CON LUGAR, la solicitud de divorcio por falta de afecto marital, en atención al criterio jurisprudencial No.1070, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09/12/2016, No. 1070/2016, presenta por el ciudadano JULIO CESAR VARGAS GODOY, titular de la cedula de identidad No. V- 20.440.214 asistido por la profesional del derecho MARILIN BARRIOS, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 56.885, en contra de la ciudadana DANENSY DAYANA CARDOZO SANCHEZ, titular de la cedula de identidad No. V- 20.690.840, todos domiciliados en el municipio Maracaibo estado Zulia.- SEGUNDO: en consecuencia del particular anterior, se declara disuelto en.....