Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA al ciudadano RICARDO JOSE GONZALEZ PIRELA Venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cedula de identidad No. 18.120.950, fecha de nacimiento 16-10-1987, de 22 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, hijo de ALIDA PIRELA y de RICARDO GONZALEZ, y residenciado en: Sector Panamericano, Barrio Guaicaipuro, Avenida 95 con calle 65, Casa No. 65-70, Maracaibo, Estado Zulia, en virtud de los argumentos arriba antes señalados. Así mismo se ordena oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas departamento de Asesoria jurídica, a objeto de que dejen sin efecto la orden de aprehensión dictada por este despacho en contra del ciudadano antes identificado y se sirvan excluir de pantalla al m.....