DECISION
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA ejecutar la sentencia dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 05-08-2004 condenando al penado JOSE ANTONIO LUENGO BERMUDEZ, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de LESIONES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 417del Código Penal, este Tribunal de Ejecución, a los fines de ejecutar la sentencia dictada, y por cuanto se encuentra en libertad, ordena sus comparecencia para el día 23-09-04 a las once de la mañana, a objeto de imponerlo de las condiciones establecidas en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal y de ser procedente acordarle la Suspensión Condicional de la Ejecución de la pena.