PRIMERO: Este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia Transitoria en el Estado Delta Amacuro, se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación. Así se declara.-
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el recurso apelación ejercido por los abogados Manuel Erasmo Gómez Rojas y Jorge Eliecer Hurtado Espinoza, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 36.671 y 19.216, respectivamente, actuando en representación del ciudadano PEDRO SEGUNDO MOLINOS RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.614.394, en contra de la sentencia de fecha 23 de mayo del año que discurre, proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Así se declara.-