En consecuencia, este Tribunal de la revisión de las actas que conforman el presente expediente considera que el Divorcio es meramente Contencioso, a los efectos de dar cumplimiento a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, Declina la Competencia en el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, para que previo sorteo de Ley, siga conociendo de la causa. Se ordena remitir el presente expediente N° 1.515-11, constante de DOCE (12) folios útiles. Librese oficio. . Cúmplase.-